Subsidios a las empresas que contraten nuevos colaboradores: foco en los mayores de 45 años

La Dirección Nacional de Empleo presentó nuevos beneficios para aquellas empresas que contraten personal. Los subsidios alcanzan los $ 9.000 mensuales por colaborador en algunos casos, con lo cual el gobierno apuesta a generar unos 5.000 nuevos puestos de trabajo, mitigando la caída de los últimos años.

¿Qué opinan los expertos sobre esta herramienta? ¿Logrará el impacto esperado? ¿Qué restricciones tiene? ¿Qué tipo de empresas pueden utilizarla?

La Ley N° 19.689 tiene como objetivo principal la promoción del empleo. El Dr. Esc. Juan Manuel Mora, Gerente de Tax & Legal de KPMG Uruguay, destacó la importancia de las modificaciones introducidas a la Ley N° 19.133, conocida como “Ley de Empleo Juvenil”, que hacen más atractivo este régimen. “La nueva ley busca incentivar la contratación de jóvenes en el marco del denominado “trabajo decente juvenil”, a través, por ejemplo, de la modificación del plazo de contratación en determinadas situaciones. Por otra parte, se flexibilizaron los requisitos para acceder a la práctica formativa en empresas, se incrementó la base del monto de los subsidios previstos para las modalidades de primera experiencia laboral y práctica laboral para egresados y se estableció un subsidio para el caso de la práctica formativa en empresas”.

Eduardo Pereyra, Director Nacional de Empleo resaltó la importancia de estos nuevos estímulos a la contratación de personal. “Las empresas que desde el 1° de enero  contraten a personas de entre 15 y 45 años contarán con un beneficio del 25% de 1,5 salario mínimo. Las empresas que contraten una persona mayor de 45 años, accederán a un beneficio del 40 % de 1,5 salario mínimo”.

El Dr. Matías Pérez del Castillo, socio y director de PÉREZ del CASTILLO & Asociados fue consultado sobre este punto, destacando como favorables las dos modificaciones incluidas en la Ley 19.689, buscando incentivar la contratación de mayores de 45 años y explicó que la misma faculta al Poder Ejecutivo a otorgar un subsidio temporal exclusivamente a empleadores privados, y aplica en las incorporaciones de nuevos trabajadores a su plantilla. Por otra parte, destacó la importancia de la extensión del subsidio, que puede alcanzar los dieciocho meses. “Vale destacar que el subsidio se aplicará únicamente sobre nuevos empleos que tengan un sueldo  máximo equivalente a 2,5 SMN, unos $ 37.500 nominales al mes. Vale recordar que el 25% o 40% de subsidio está topeado en 1,5 SMN, por eso, el subsidio ronda las cifras mencionadas anteriormente.

Dentro de las limitaciones para el acceso a los mencionados subsidios, la Dra. Lissy Hernandez, destacó que “las empresas interesadas no podrán haber enviado a seguro de paro ni despedido a personal de las categorías referidas. Con esta restricción, se evita el reemplazo de trabajadores que no sean sujetos de subsidio, por nuevos trabajadores que permitan acceder a este beneficio, garantizando así la estabilidad de quienes ya forman parte de la nómina”.

Ignacio López Viana, Gerente del área legal de PwC Uruguay, reconoce lo interesante de la iniciativa, destacando algunos aspectos

importantes a la hora de motivar al empleador a ampararse en ella. “La nueva normativa trata de mitigar algunos aspectos que dificultaban la aplicación de la ley de fomento del empleo juvenil,generando nuevos y mayores subsidios en beneficio de las empresas que contraten jóvenes trabajadores, impulsando la formación del trabajador a través de la generación de pasantías y prácticas formativas en las empresas. En definitiva, resulta necesario continuar promoviendo políticas públicas que apunten a que los jóvenes completen su educación, fomentando también su especialización en el trabajo. La compatibilización entre estudio y trabajo debe ser un objetivo primordial, intentando así lograr mejorar la empleabilidad y condiciones laborales de los jóvenes, propiciando instrumentos normativos que resulten más aplicables, atractivos y adecuados a la realidad y tiempos de trabajo, incorporando la tecnología y atendiendo imperiosamente a los jóvenes con menores recursos”.

Daniel Paredes, vicepresidente de ADPUGH (Asociación de Profesionales Uruguayos en Gestión Humana) reconoció la importancia de la nueva normativa, que fortalece lo ya establecido en la Ley 19.133. “La ley promulgada es clara a la hora de reforzar los subsidios a la promoción del empleo juvenil en forma directa, y fortalece mecanismos ya establecidos en la norma anterior”. Consultado sobre las oportunidades de mejora de este tipo de instrumentos, especialmente conociendo la labor de promoción de la Ley 19.133 realizada por ADPUGH durante los últimos años, Paredes destacó que “en el marco de todo lo positivo que tiene este proyecto, encontramos nuevamente la limitante que continúa vigente en la actual normativa y que puede impedir su adecuada implementación en distintas realidades empresariales, que es la relativa a no haber efectuado despidos que no sean por “notoria mala conducta”. Entendemos que esa limitante es muy general, y debería considerarse caso a caso, abriendo vías de excepción”.

 

El Gobierno prevé que los incentivos promuevan la creación de 5.000 puestos de trabajo.

 

La inversión estimada totalizaría unos 15 millones de dólares

 

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Subsidios a las empresas que contraten nuevos colaboradores: foco en los mayores de 45 años

La Dirección Nacional de Empleo presentó nuevos beneficios para aquellas empresas que contraten personal. Los subsidios alcanzan los $ 9.000 mensuales por colaborador en algunos casos, con lo cual el gobierno apuesta a generar unos 5.000 nuevos puestos de trabajo, mitigando la caída de los últimos años.

¿Qué opinan los expertos sobre esta herramienta? ¿Logrará el impacto esperado? ¿Qué restricciones tiene? ¿Qué tipo de empresas pueden utilizarla?

La Ley N° 19.689 tiene como objetivo principal la promoción del empleo. El Dr. Esc. Juan Manuel Mora, Gerente de Tax & Legal de KPMG Uruguay, destacó la importancia de las modificaciones introducidas a la Ley N° 19.133, conocida como “Ley de Empleo Juvenil”, que hacen más atractivo este régimen. “La nueva ley busca incentivar la contratación de jóvenes en el marco del denominado “trabajo decente juvenil”, a través, por ejemplo, de la modificación del plazo de contratación en determinadas situaciones. Por otra parte, se flexibilizaron los requisitos para acceder a la práctica formativa en empresas, se incrementó la base del monto de los subsidios previstos para las modalidades de primera experiencia laboral y práctica laboral para egresados y se estableció un subsidio para el caso de la práctica formativa en empresas”.

Eduardo Pereyra, Director Nacional de Empleo resaltó la importancia de estos nuevos estímulos a la contratación de personal. “Las empresas que desde el 1° de enero  contraten a personas de entre 15 y 45 años contarán con un beneficio del 25% de 1,5 salario mínimo. Las empresas que contraten una persona mayor de 45 años, accederán a un beneficio del 40 % de 1,5 salario mínimo”.

El Dr. Matías Pérez del Castillo, socio y director de PÉREZ del CASTILLO & Asociados fue consultado sobre este punto, destacando como favorables las dos modificaciones incluidas en la Ley 19.689, buscando incentivar la contratación de mayores de 45 años y explicó que la misma faculta al Poder Ejecutivo a otorgar un subsidio temporal exclusivamente a empleadores privados, y aplica en las incorporaciones de nuevos trabajadores a su plantilla. Por otra parte, destacó la importancia de la extensión del subsidio, que puede alcanzar los dieciocho meses. “Vale destacar que el subsidio se aplicará únicamente sobre nuevos empleos que tengan un sueldo  máximo equivalente a 2,5 SMN, unos $ 37.500 nominales al mes. Vale recordar que el 25% o 40% de subsidio está topeado en 1,5 SMN, por eso, el subsidio ronda las cifras mencionadas anteriormente.

Dentro de las limitaciones para el acceso a los mencionados subsidios, la Dra. Lissy Hernandez, destacó que “las empresas interesadas no podrán haber enviado a seguro de paro ni despedido a personal de las categorías referidas. Con esta restricción, se evita el reemplazo de trabajadores que no sean sujetos de subsidio, por nuevos trabajadores que permitan acceder a este beneficio, garantizando así la estabilidad de quienes ya forman parte de la nómina”.

Ignacio López Viana, Gerente del área legal de PwC Uruguay, reconoce lo interesante de la iniciativa, destacando algunos aspectos

importantes a la hora de motivar al empleador a ampararse en ella. “La nueva normativa trata de mitigar algunos aspectos que dificultaban la aplicación de la ley de fomento del empleo juvenil,generando nuevos y mayores subsidios en beneficio de las empresas que contraten jóvenes trabajadores, impulsando la formación del trabajador a través de la generación de pasantías y prácticas formativas en las empresas. En definitiva, resulta necesario continuar promoviendo políticas públicas que apunten a que los jóvenes completen su educación, fomentando también su especialización en el trabajo. La compatibilización entre estudio y trabajo debe ser un objetivo primordial, intentando así lograr mejorar la empleabilidad y condiciones laborales de los jóvenes, propiciando instrumentos normativos que resulten más aplicables, atractivos y adecuados a la realidad y tiempos de trabajo, incorporando la tecnología y atendiendo imperiosamente a los jóvenes con menores recursos”.

Daniel Paredes, vicepresidente de ADPUGH (Asociación de Profesionales Uruguayos en Gestión Humana) reconoció la importancia de la nueva normativa, que fortalece lo ya establecido en la Ley 19.133. “La ley promulgada es clara a la hora de reforzar los subsidios a la promoción del empleo juvenil en forma directa, y fortalece mecanismos ya establecidos en la norma anterior”. Consultado sobre las oportunidades de mejora de este tipo de instrumentos, especialmente conociendo la labor de promoción de la Ley 19.133 realizada por ADPUGH durante los últimos años, Paredes destacó que “en el marco de todo lo positivo que tiene este proyecto, encontramos nuevamente la limitante que continúa vigente en la actual normativa y que puede impedir su adecuada implementación en distintas realidades empresariales, que es la relativa a no haber efectuado despidos que no sean por “notoria mala conducta”. Entendemos que esa limitante es muy general, y debería considerarse caso a caso, abriendo vías de excepción”.

 

El Gobierno prevé que los incentivos promuevan la creación de 5.000 puestos de trabajo.

 

La inversión estimada totalizaría unos 15 millones de dólares

 

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